Notario Público Número 3 De El Salto, Jalisco.
Licenciada Leticia Rocío González Aceves
Aviso de Privacidad
Licenciada Leticia Rocío González Aceves. Notario Público Titular No. 3 de El Salto, Jalisco, con domicilio en Av. Revolución Sur Número 12, Municipio de El Salto, Jalisco por este medio hago del conocimiento de las personas que ocurran por cualquier medio a ésta notaría a efecto de solicitar servicios notariales, que los datos personales y documentos que contengan datos personales que les sean solicitados por personal de ésta oficina y nos proporcionen a efecto de prestar los servicios jurídicos en cumplimiento a la las disposiciones legales aplicables, serán utilizados en la elaboración y redacción de los instrumentos públicos correspondientes. Los datos personales serán consignados en folios donde se hagan constar las escrituras, actas o pliegos por separado según el caso; y los documentos que contengan datos personales, serán agregados al Libro de Documentos Generales, por lo que quedarán integrados a los Protocolos de los cuales soy depositaria conforme a la ley. Los datos personales y documentos que contengan datos personales podrán ser almacenados en bases de datos, imágenes o demás dispositivos electrónicos o bien impresos en papel, los cuales estarán bajo mi responsabilidad y custodia hasta en tanto entregue los protocolos al Gobierno del Estado de Jalisco a través de las oficinas correspondientes. Así mismo, en cumplimiento a las disposiciones legales aplicables; transferiré los datos personales proporcionados y que me sean requeridos por las Autoridades Federales, Estatales o Municipales que correspondan a efecto de cumplimentar con mis obligaciones de presentar avisos, declaraciones o bien enterar los impuestos causados en los actos jurídicos por mi autorizados y que hubiere retenido, agregando que la suscrita y el personal que labora en ésta Notaria estamos obligados al secreto profesional. No obstante lo anterior, los documentos y datos personales que consten en los protocolos a mi cargo así como en dispositivos electrónicos podrán ser puestos a disposición de las Autoridades Federales, Estatales o Municipales previa orden que estas emitan en forma escrita, fundada y motivada.